martes, 13 de marzo de 2012

Análisis de la Conducta Delictiva

Nombre Del Curso:
Análisis de la Conducta Delictiva





Bienvenida:

Tengan ustedes  mis cordiales saludos. Reciban el contenido programático del primer módulo del curso que nos ocupa.


 
Introducción:

En las últimas décadas la criminalidad se ha acrecentado en Panamá; es menester dar respuesta a este fenómeno epidemiológico que está en todos los estratos sociales sin diferencia económica. .
       La asignatura de análisis de la conducta delictiva, consta de un conjunto cuatro (4) Módulos que configuran un conjunto de temas relacionados con los actos delictivos, tipos de crímenes, la influencia económica, la influencia de la educación y las influencias las leyes vigentes al respecto. Además al individuo en su anomalías orgánicas y psicológicas; la morbilidad de las facultades mentales entre otros temas como la peligrosidad criminal y fenómenos criminales. Permitirá al estudiante las herramientas teórico- prácticas para comprender y abordar la problemática delictiva y de violencia en el país. Las competencias que se desarrollan a través de este programa son: capacidad de investigación, capacidad de abstracción, análisis y síntesis, habilidades para buscar, procesar y analizar información, capacidad para trabajar en equipo y compromiso ético. A través de estrategias metodológicas de investigación, debates, talleres, practicas en consultorios jurídicos de la Universidad de Panamá y del Ministerio Publico, resolución de problemas, análisis de casos forenses en aula de clases. Se aplicará la evaluación formativa y sumativa. La calificación de los estudiantes se hará por evaluación de los aprendizajes (2 parciales) de un 40%, otras actividades de práctica o la monografía de 20% y el examen final el 40%.

Competencias:

Básicas
§         Habilidades para la resolución de problemas
§         Habilidades para hacer estrategias científicas
§         Habilidades comunicativas en diferentes contextos    
       
Genéricas
 
§         Tiene capacidad de abstracción, análisis y síntesis
§         Aplica los conocimientos teóricos a la practica
§         Hace uso de la tecnología de la información
§         Capacidad de Trabajo en equipo interdisciplinario

Específicas
§         Desarrolla habilidades teórico-prácticas noción de qué es delito, morbilidades y de las facultades mentales
§         Analiza el fenómeno delincuencial
§         Explica la relación existente entre las estructura psíquica, el ambiente y la conducta criminal
§         Diseña perfiles de personalidad patológica

CLASE:

Delito

El delito, en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u omisión típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena. con condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
En sentido legal, los códigos penales y la doctrina definen al "delito" como toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al ordenamiento jurídico del país donde se produce. La doctrina siempre ha reprochado al legislador debe siempre abstenerse de introducir definiciones en los códigos, pues es trabajo de la dogmática.[1] No obstante, algunos códigos como el Código Penal de España (art. 10) definen al delito, pese a lo dicho.
La palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley. La definición de delito ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición, se intentó establecer a través del concepto de Derecho natural, creando por tanto el delito natural. Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se acepta más una reducción a ciertos tipos de comportamiento que una sociedad, en un determinado momento, decide punir. Así se pretende liberar de paradojas y diferencias culturales que dificultan una definición universal.

Clasificación de los delitos

Por las formas de la culpabilidad

  • Doloso: el autor ha querido la realización del hecho típico. Hay coincidencia entre lo que el autor hizo y lo que deseaba hacer.
  • Culposo o imprudente: el autor no ha querido la realización del hecho típico. El resultado no es producto de su voluntad, sino del incumplimiento del deber de cuidado.

Por la forma de la acción

  • Por comisión: surgen de la acción del autor. Cuando la norma prohíbe realizar una determinada conducta y el actor la realiza.
  • Por omisión: son abstenciones, se fundamentan en normas que ordenan hacer algo. El delito se considera realizado en el momento en que debió realizarse la acción omitida.
  • Por omisión propia: están establecidos en el CP. Los puede realizar cualquier persona, basta con omitir la conducta a la que la norma obliga.
  • Por omisión impropia: no están establecidos en el CP. Es posible mediante una omisión, consumar un delito de comisión (delitos de comisión por omisión), como consecuencia el autor será reprimido por la realización del tipo legal basado en la prohibición de realizar una acción positiva. No cualquiera puede cometer un delito de omisión impropia, es necesario que quien se abstiene tenga el deber de evitar el resultado (deber de garante). Por ejemplo: La madre que no alimenta al bebe, y en consecuencia muere. Es un delito de comisión por omisión.

Por la calidad del sujeto activo

  • Comunes:: pueden ser realizados por cualquiera. No mencionan una calificación especial de autor, se refieren a él en forma genérica (el que).
  • Especiales:: solamente pueden ser cometidos por un número limitado de personas: aquellos que tengan las características especiales requeridas por la ley para ser su autor. Estos delitos no sólo establecen la prohibición de una acción, sino que requieren además una determinada calificación del autor. Son delitos especiales propios cuando hacen referencia al carácter del sujeto. Como por ejemplo el prevaricato, que sólo puede cometerlo quien es juez. Son delitos especiales impropios aquellos en los que la calificación específica del autor opera como fundamento de agravación o atenuación. Verbigracia la agravación del homicidio cometido por el ascendiente, descendiente o cónyuge (art. 80, inc.1 del Código Penal argentino).

Por la forma procesal

  • De acción pública: son aquellos que para su persecución no requieren de denuncia previa.
  • Dependientes de instancia privada: son aquellos que no pueden ser perseguidos de oficio y requieren de una denuncia inicial.
  • De instancia privada: son aquellos que además de la denuncia, el denunciante debe proseguir dando impulso procesal como querellante.

Por el resultado

  • Materiales: exigen la producción de determinado resultado. Están integrados por la acción, la imputación objetiva y el resultado.
  • Formales:: son aquellos en los que la realización del tipo coincide con el último acto de la acción y por tanto no se produce un resultado separable de ella. El tipo se agota en la realización de una acción, y la cuestión de la imputación objetiva es totalmente ajena a estos tipos penales, dado que no vinculan la acción con un resultado. En estos delitos no se presenta problema alguno de causalidad.

Por el daño que causan

  • De lesión:: hay un daño apreciable del bien jurídico. Se relaciona con los delitos de resultado.
  • De peligro:: no se requiere que la acción haya ocasionado un daño sobre un objeto, sino que es suficiente con que el objeto jurídicamente protegido haya sido puesto en peligro de sufrir la lesión que se quiere evitar. El peligro puede ser concreto cuando debe darse realmente la posibilidad de la lesión, o abstracto cuando el tipo penal se reduce simplemente a describir una forma de comportamiento que representa un peligro, sin necesidad de que ese peligro se haya verificado. (Cuando la acción crea un riesgo determinado por la ley y objetivamente desaprobado, indistintamente de que el riesgo o peligro afecte o no el objeto que el bien jurídico protege de manera concreta).


Asignación:

Lectura del libro El Origen de las Especies: Charles Darwin para realizar un estudio comparativo sobre la selección natural entre los animales y los seres humanos del siglo XXI.


Criterios De Evaluación:

Análisis y conclusiones sobre la lectura asignada. 10 puntos
Exposición con power poin sobre las diversas acepciones del concepto delito 15 puntos

Examen parcial del primer módulo. 25 puntos
Total : 50/50

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